Asociación

Al amparo del artículo 22 de la Constitución Española, se constituyó con sede en Santander, Cantabria, y con denominación de ASOCIACIÓN CÁNTABRA DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES, esta asociación que tendrá, con arreglo a las Leyes, capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

 

 

El régimen de la Asociación está constituido por sus Estatutos, aquellos reglamentos de régimen interno de los que se pueda dotar y los acuerdos válidamente adoptados por su Junta General y órganos directivos, dentro de la esfera de su respectiva competencia y del marco democrático de derecho, con respeto a la libertad asociativa y sin sufrir interferencia alguna de las administraciones. En lo no previsto se estará a lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias.

 

 

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